Democracia, ley y constitución

 

 

Como ya sabemos que el trabajo de la Convención Constitucional no servirá para nada, como era inevitable que ocurriera, nos tenemos que enfrentar al problema de dar a luz una nueva constitución que reemplace a la ya tan desvencijada de 1980 y permita la restauración de un orden funcional en la democracia chilena.  Para darnos a esa tarea, tenemos que empezar por aclarar lo que es una constitución,  que es lo que habría sido necesario hacer para evitar la elección de un cuerpo en que la mayoría de sus miembros parece no saber lo que eso es.

 

El concepto de constitución política del estado, nació como consecuencia inevitable de dos definiciones claras y básicas.  La de lo que es una democracia representativa y la de que son las leyes de un Estado.  La definición de la democracia, que alcanzó su precisión en la Atenas del siglo V AC, es la siguiente: democracia es un sistema de gobierno cuya premisa fundamental es que la soberanía reside igualitariamente en el conjunto de los ciudadanos, que, para su administración, la delegan en magistrados electos, libre informada y responsablemente, cuyas funciones y plazos están definidos con precisión en un acuerdo previo que se llamará constitución política del estado.  La definición redundante de ley es que: la ley es la manifestación de la voluntad soberana que, en la forma establecida por la constitución, manda, prohíbe o permite.  

 

De esas dos definiciones se desprende la necesidad y el carácter del acuerdo fundamental previo que llamamos Constitución.  Y de lo que ello se deduce y fluye la consecuencia de que una constitución es, ni más ni menos, que el organigrama del Estado.  Ahora bien, preparar un organigrama no es tarea de cualquiera, sino que de profesionales expertos en ello.  Sobre todo, estos tienen que ser muy buenos para que el organigrama que proponen contemple cuidadosos equilibrios entre los poderes contemplados y regule, con  precisión y sin ambigüedades, la función de cada magistrado electo,  así como los plazos con que se les designa a través de comicios perfectamente reglados.  Consecuentemente, la constitución no es solo como una ley más, sino que es el marco de como las leyes se acuerdan y se ponen en vigencia.  Consecuentemente, la constitución no se parece en nada a un petitorio, ni a un listado de derechos ni, mucho menos, a un programa de gobierno.  Todo lo que se le agregue a ese organigrama y que no corresponda a su finalidad es, en esencia, un grillete para la expresión de la voluntad soberana de la ciudadanía.   Para decirlo en forma gráfica, la constitución es un vehículo para que una democracia marche al futuro, pero no es ni el rumbo, ni la velocidad ni los virajes que la voluntad popular decida a lo largo de los tiempos.

 

La calidad de una constitución está determinada por el equilibrio de los poderes que administrarán la soberanía popular delegada.  Ya en el mentado siglo V AC, los griegos de dieron cuenta de que, cuando ese equilibrio no existe, el régimen deriva inexorablemente hacia la tiranía y esa conclusión jamás ha sido contradicha.  Por eso es que las mejores y más duraderas constituciones democráticas siempre han sido fruto de un pequeño grupo de expertos y jamás de una asamblea populachera.  Por eso, también, las constituciones de tipo cárcel son instrumentos favoritos para establecer regímenes totalitarios que las usan solo para hacer inamovibles las bases de su poder absoluto.  Los ejemplos sobran al respecto, y basta leer las constituciones de los regímenes comunistas o populistas para comprobarlo.  La constitución venezolana es un ejemplo actual y muy aleccionador para ello.

 

Si nos enfocamos en lo que está ocurriendo en la actual Asamblea Constituyente Chilena, vemos con claridad que lo que amenaza emerger de ella es un proyecto constitucional tipo cárcel de la democracia, por su acusada tendencia a establecer políticas contingentes dentro de su cuerpo.  Por lo tanto, nacerá desvirtuada y no será acatada por gran parte de la ciudadanía y mayoritariamente por quienes tienen cultura suficiente para distinguir sus grilletes a simple vista.  Esta penosa experiencia merece un análisis más profundo.

 

La Asamblea Constituyente fue consecuencia de un acuerdo político alcanzado, en una noche de pánico, por un gobierno que nunca fue tal y un mundo político de cúpulas ya completamente desvirtuadas, como demostraban a las claras sus índices de apreciación pública.  En un acto de suprema irresponsabilidad, lanzaron a la calle el más delicado de los procesos que puede vivir una democracia y lo hicieron sin tomar  ninguna precaución para preservar su idoneidad y los límites de la tarea.  La consecuencia ha sido una convención mayoritariamente formada por quienes no saben lo que una constitución debe ser y solo ven en ella una herramienta de revanchismo y un instrumento para la lucha de clases.  Sobre esa base, la propuesta que ya se dibuja carecerá de toda seriedad y de toda factibilidad.  

 

Desgraciadamente, es demasiado tarde para reparar la actual constitución con las modificaciones que se han hecho imprescindibles, como son las de depuración y obligatoriedad de los cuerpos electorales.  Una democracia no puede sobrevivir con autoridades generadas siempre por minorías, y basta eso para comprender la imperiosa necesidad de profundas modificaciones.  La actual constitución de 1980, además de esas falencias, adolece de un rechazo visceral por ser fruto de un periodo dictatorial, y aunque ese rechazo es bastante irracional, es suficiente para tornarla inviable.  Por eso es que nos vemos enfrentados a la necesidad de generar una nueva constitución que nazca de un trabajo serio y acotado, muy distinto del que se ha pretendido seguir.  Habrá ocasión de meditar sobre cómo lograr ese propósito y lo comprometo para un futuro cercano.  

 

Entretanto, conviene, con muy pocas esperanzas de serena atención, hacerle llegar a los actuales convencionales la advertencia de que cesen en el penoso espectáculo que hoy día están dando, al convertir en una pelea de taberna lo que debería ser el más delicado y prestigiado de los ritos democráticos.  Para ello les bastaría meditar en las confluencias y divergencias que existen entre tres conceptos que deben emerger prístinos en un proyecto como el que debieron trabajar con seriedad y responsabilidad: democracia, ley y constitución.

 

Orlando Sáenz